I. GENERAL La junta directiva es responsable de velar por el buen funcionamiento de la compañía, tomar decisiones de tipo administrativo, estructural y funcional que tengan como finalidad perseguir de la mejor manera posible los objetivos de la empresa. Sus decisiones deben ser con el ánimo de incrementar la productividad y rentabilidad de la empresa para el beneficio de sus accionistas y de todos sus empleados. Se espera que los miembros de la junta directiva asistan a las reuniones, tengan en cuenta el orden del día y sus temas a tratar para que estos sean estudiados con antelación para de esta forma lograr la más óptima toma de decisiones. II. COMPOSICIÓN La junta directiva está compuesta por 3 miembros y un suplente para cada uno de los miembros, en caso de que cualquiera de ellos no se pueda presentar. La junta puede estar conformada por más miembros siempre y cuando sean un total de número impar, no más de 9 miembros. III. RESPONSABILIDADES 1) Estudiar y aprobar las reformas de los estatutos, las estrategias a largo plazo teniendo en cuenta entre otros las oportunidades y riesgos del negocio; 2) Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deban rendir los administradores; 3) Disponer de las utilidades sociales conforme al contrato y a las leyes; 4) Hacer las elecciones que corresponda, según los estatutos o las leyes, fijar las asignaciones de las personas así elegidas y removerlas libremente, incluyendo el presidente o “CEO”; 5) Considerar los informes de los administradores o del representante legal sobre el estado de los negocios sociales, y el informe del revisor fiscal, en su caso; 6) Adoptar, en general, todas las medidas que reclamen el cumplimiento de los estatutos y el interés común de los asociados; 7) Constituir las reservas ocasionales, y 8) Las demás que les señalen los estatutos o las leyes. IV. MÉTODO DE OPERACIÓN La junta directiva debe reunirse por lo menos una vez al año, como la ley le prevé. Además de esta reunión anual, más reuniones extraordinarias pueden ser planificadas para resolver asuntos circunstanciales. El orden del día y los temas a tratar deben ser de previo conocimiento del los miembros de junta. La junta directiva deliberará y decidirá válidamente con la presencia y los votos de la mayoría de sus miembros, salvo que se estipulare un quórum superior. |

